Las compañías de seguro que ofrecen rentas vitalicias deben someterse a una evaluación de riesgo y registro ante la CMF según sus obligaciones en virtud del riesgo asociado por incumplimiento de aquellas obligaciones.
Las categorías de clasificación se establecen en letras siendo las de más bajo riesgo o buenas y muy buenas AAA, AA, A; de riesgo moderado o suficientes BBB, BB, B y de más alto riesgo C, D y E. La clasificación puede variar en el tiempo dependiendo de la solvencia de la compañía, mejorando o disminuyendo.
Las compañías de seguros de vida que obtengan una clasificación de riesgo igual o inferior a BB no podrán ofrecer ni contratar seguros de renta vitalicia según el D.L. N° 3.500 del sistema de pensiones.
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