Sí, es posible a través de un poder para el cobro que se debe tramitar ante un notario. Para gestionarlo, es necesario contar con la siguiente documentación:
- Cédula de identidad.
- Poder notarial simple o escritura pública (solo si la autorización para el cobro se realiza ante notario).
- Resolución judicial en caso de interdictos (solo si aplica).