Puede ser posible, aunque la contratación no está garantizada y dependerá de la evaluación de riesgo realizada por la aseguradora.
La CMF señala que en los seguros de vida generalmente se solicita una declaración de salud y que las enfermedades o condiciones preexistentes pueden influir en las condiciones de aseguramiento. Una preexistencia corresponde a una enfermedad, dolencia o situación de salud diagnosticada o conocida antes de contratar el seguro.
Por eso, una persona que tuvo cáncer debe responder de manera completa y veraz las preguntas de salud formuladas durante la contratación. Según el producto, la evaluación puede considerar antecedentes como el diagnóstico, tratamiento recibido, tiempo transcurrido, controles médicos y estado actual. El resultado puede traducirse en distintas condiciones de aceptación según la póliza y la evaluación individual.
La Asociación señala que tener una enfermedad preexistente no impide automáticamente contratar un seguro de vida: la aceptación, el precio y las eventuales exclusiones dependen de la evaluación y de las condiciones del producto.