Sí puede evaluar la contratación de un seguro de vida colectivo, aunque el número mínimo de personas necesario dependerá del producto y de los requisitos de cada aseguradora. No existe una cantidad única aplicable a todos los seguros colectivos.
La CMF reconoce que los seguros de vida pueden contratarse tanto de forma individual como colectiva y que las condiciones de incorporación quedan determinadas por la póliza correspondiente.
Por esta razón, una empresa con cinco o diez trabajadores debería consultar qué productos admiten su tamaño de dotación y revisar aspectos como capital asegurado por trabajador, edades de ingreso, requisitos de asegurabilidad, beneficiarios, coberturas adicionales y costo.
También puede ocurrir que la póliza cubra a toda la organización o únicamente a un grupo definido conforme a las condiciones contratadas.
La Asociación explica que los seguros colectivos de vida pueden proteger a todos los trabajadores o a grupos determinados y recomienda revisar la nómina, requisitos de ingreso, vigencia y capital asegurado de cada persona.