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Propietarios vs. arrendatarios: ¿quién debe contratar el seguro de hogar?

En Chile no existe una obligación legal general que determine quién debe contratar un seguro de hogar: todo depende del contrato de arriendo y de los riesgos que cada parte desea cubrir. ¿Debes proteger el inmueble, los bienes en su interior o ambos? Te lo explicamos.

El seguro de hogar es una póliza que puede cubrir daños estructurales de una propiedad (como incendios o desastres naturales), así como el contenido del inmueble (muebles, electrodomésticos, computadores, etc.). También puede incluir responsabilidad civil frente a terceros.

En Chile, la contratación de este seguro no es obligatoria por ley, sin embargo, sí lo es para casos de incendios u otros riesgos en el contexto de un crédito hipotecario.

En ese sentido, un seguro de hogar es altamente recomendable para proteger tanto el patrimonio inmobiliario como los bienes personales, especialmente ante riesgos como incendios, robos o sismos.

¿Qué dice la legislación chilena sobre el seguro en contratos de arriendo?

En términos legales, el Código Civil chileno no impone una obligación directa a ninguna de las partes (propietario o arrendatario) respecto a contratar un seguro de hogar. Sin embargo, el contrato de arriendo puede establecer esta obligación y es común que:

Este acuerdo debe quedar estipulado en el contrato de arriendo. De lo contrario, no existe una obligación legal.

¿Qué debe contratar el propietario?

Si eres propietario de una vivienda arrendada, lo más recomendable es contratar un seguro de hogar que cubra la estructura del inmueble, es decir, incendios, terremotos, daños por agua, entre otros.

Esto resguarda tu inversión en caso de siniestros mayores. Además, existen seguros específicos para arrendadores que cubren el no pago de arriendo y los daños provocados por el inquilino, lo cual es especialmente útil en contratos de largo plazo.

¿Qué debe contratar el arrendatario?

El arrendatario, por su parte, es responsable de sus objetos personales dentro del inmueble. Por eso, puede contratar un seguro de contenido, que incluye protección ante robos, incendios o roturas accidentales.

Adicionalmente, es recomendable que el arrendatario cuente con responsabilidad civil frente a terceros, en caso de causar daños a vecinos o a la propiedad (por ejemplo, si provoca una filtración que afecta al departamento inferior).

¿Qué pasa si ocurre un siniestro y nadie contrató un seguro?

En este caso, los costos recaen directamente sobre quien sufra el daño:

No hay una regla universal sobre quién debe contratar el seguro de hogar en un arriendo: todo dependerá del contrato y del tipo de cobertura que se desee contratar.

Sin embargo, lo más recomendable en Chile es que:

Ambos pueden negociar estas condiciones y dejarlas estipuladas en el contrato de arriendo. Lo importante es no dejar estos temas al azar: un seguro puede evitar conflictos y proteger a ambas partes ante eventos inesperados.

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