Los créditos hipotecarios exigen por ley la contratación de un seguro de incendio. Según la CMF, estos seguros corresponden a los señalados en el art. 40 del DFL N° 251 (Ley de Seguros), sobre licitación de los seguros asociados a créditos hipotecarios en la Ley N° 20.552.
Por su parte, la Ley Sobre Copropiedad Inmobiliaria establece que las unidades deberán contar, en ciertos casos, con seguros de incendio individuales o bien seguros para las áreas y espacios comunes del edificio.