La cobertura se determina principalmente por la fecha en que se realiza cada prestación médica y por la póliza vigente en ese momento. La aseguradora anterior suele evaluar los gastos efectuados mientras la persona estaba cubierta, siempre que se presenten dentro del plazo establecido y que cumplan las condiciones del contrato.
Las consultas, exámenes, medicamentos, terapias u hospitalizaciones realizadas después del cambio quedan sujetas a la nueva póliza. El hecho de que un tratamiento haya comenzado con el seguro anterior no garantiza automáticamente que sus etapas posteriores mantengan los mismos porcentajes, topes o prestadores.
El nuevo contrato puede incluir:
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) señala que los seguros de salud pueden excluir enfermedades o condiciones conocidas antes de la contratación. Estas exclusiones deben basarse en preguntas realizadas al asegurado y quedar expresamente incorporadas en las condiciones particulares aceptadas por este.
Antes del cambio, conviene solicitar a la empresa, al área de Recursos Humanos o al corredor de seguros las fechas exactas de término e inicio, las reglas para tratamientos en curso, la continuidad de preexistencias y el plazo para presentar gastos pendientes. También resulta útil guardar recetas, órdenes médicas, programas de tratamiento, presupuestos y liquidaciones anteriores.
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